#LeyDeAlquileres
A los señores
Diputados y Senadores
De la Nación Argentina
S/D
Con el respeto y consideración que se merecen:
La FEDERACIÓN INMOBILIARIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, organización federal que nuclea a 13 Provincias y 23 CÁMARAS INMOBILIARIAS y COLEGIOS PROFESIONALES del País, los que firman al pie, en nombre de todos nuestros miembros, más de 10.000 CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, hemos advertido incansablemente a los señores legisladores nacionales los errores que se han cometido y graves daños que se hacen previsibles, con las modificaciones que se pretenden introducir al Código Civil y Comercial, en lo referente a la denominada públicamente como “Ley de Alquileres”, y con tal fin, hemos acercado por escrito y mediante muchas de las reuniones mantenidas en cada jurisdicción del país, nuestros análisis legales, técnicos y objetivos, sobre los aspectos positivos y negativos de la mencionada reforma, en la esperanza aún, de que, si el verdadero fin perseguido es mejorar la situación de los argentinos y defender los derechos de los ciudadanos, no sea avasallando los derechos de otros y a cualquier precio, porque en definitiva, el precio lo pagamos siempre los mismos… los que trabajamos en pos de tener un país mejor.
Los CORREDORES INMOBILIARIOS de Argentina estudiamos una CARRERA UNIVERSITARIA y nos matriculamos en los COLEGIOS PROFESIONALES de cada jurisdicción provincial, como exige la Ley N° 25.028, que buscó mejorar y controlar un servicio que demandaba la sociedad, y hoy, cuando vemos nuestra profesión calumniada, difamada y desacreditada, con argumentos genéricos, agravios colectivos, testimonios rimbombantes e incomprobables, pero de gran impacto mediático y amarillista, nos preguntamos ¿Qué hay detrás de los agravios a los PROFESIONALES Corredores Inmobiliarios?
- -Hay una institución profesional que, como órgano público no estatal, pero como delegado del Estado Provincial, hace cumplir las normas de la profesión, y colabora con la sociedad para juzgar y castigar los actos irregulares que algún matriculado se atreva a cometer, permitiendo también una instancia administrativa previa de solución de conflictos, que aliviana la carga de la Justicia.
- Hay Leyes en las distintas Provincias que regulan la profesión del Corredor Inmobiliario, así como Normas de Ética y Tribunales de Disciplina.
- Hay una Constitución Nacional y Constituciones Provinciales que disponen los poderes de policía y facultad reglamentaria no delegados a la Nación en materia de ejercicio profesional.
- Pero sobre todo hay una intención de algunos sectores de DESREGULAR la profesión para poder ejercer la actividad sin regulación profesional e involucionar a una etapa COMERCIAL anterior a la sanción de las leyes y que evitarían por ejemplo ser sujetos Obligados ante diferentes Organismos de contralor, tributarios y de información.
Es por ello que, con enérgica posición rechazamos por violatoria e inconstitucional la norma que pretende CARGAR LOS HONORARIOS PROFESIONALES DEL CORREDOR INMOBILIARIO SOLO SOBRE EL PROPIETARIO, esa norma:
- AVANZA INCONSTITUCIONALMENTE SOBRE LOS DERECHOS REGLAMENTARIOS DE LAS PROVINCIAS, NO DELEGADOS A LA NACION.
- DESCONOCE EL FEDERALISMO ARGENTINO, Y LAS DIFERENCIAS DE CADA PROVINCIA.
- DESNATURALIZA POR COMPLETO LA LABOR PROFESIONAL, PASANDO A TENER COMO CLIENTE SOLO AL LOCADOR, LO QUE NOS TRANSFORMA EN OTRA FIGURA DEL CODIGO CIVIL y COMERCIAL, QUE ES EL MANDATARIO (que solo presta servicio a una parte que lo contrata y solo a ella se debe), FIGURA QUE NO ESTA REGULADA Y POR LO TANTO PUEDE EJERCER CUALQUIER PERSONA FISICA O JURIDICA, EVITANDO TODA REGULACION o RESPONSABILIDAD PARA CON EL INQUILINO.
- MODIFICAR ESTA METODOLOGÍA SOLO AFECTA EL EQUILIBRIO DE LAS PRESTACIONES DE CADA PARTE, Y ENTENDEMOS SOLO PUEDE TENER COMO OBJETIVO LA INCORPORACION DE NO PROFESIONALES A ESTE MERCADO, SO PRETEXTO DE BENEFICIAR AL INQUILINO AL QUE LE QUITAN SERVICIOS Y TUTELA.
Es por ello que nuestra misión institucional es defender los intereses de nuestros asociados y sus matriculados, resaltando a los legisladores que la norma propuesta avanza inconstitucionalmente sobre los derechos profesionales de los CORREDORES INMOBILIARIOS del país, estableciendo limitaciones al derecho de trabajar y percibir honorarios de las partes a quienes se provee de un servicio, tan noble, digno, profesional y constitucionalmente protegido, como el de cualquier otra profesión cuya regulación de ejercicio es competencia de cada provincia.
Esperamos que nuestros legisladores estén dispuestos a trabajar en la modificación de este proyecto, dictando una norma superadora, que no instale grietas no existentes, que no irrumpa en el mercado locativo para traer errores del pasado y hacer más grave la carga que todos estamos transitando, pero principalmente esperamos que el mensaje a nuestros jóvenes profesionales recién egresados de sus carreras universitarias no sea un cachetazo al esfuerzo y dedicación por haber elegido el estudio académico para ejercer una profesión ala que pretenden quitarle su naturaleza liberal.
Esperamos que se sinceren los objetivos de las normas que se proponen ayudar a los inquilinos en el esfuerzo de acceder a la vivienda y para ello también evalúen las sumas que estos deben abonar en conceptos de tarifas, impuestos e incrementos en otros precios de la economía, que son los que realmente merman la capacidad de pago de los cánones locativos (que en los últimos años, alcanzan los niveles más bajos históricos en relación al valor del bien que se otorga en alquiler).
Entendemos el acceso a la vivienda como un derecho social, pero quien debe satisfacer ese derecho es el estado, y no una parte de los ciudadanos que han invertido sus ahorros en viviendas, las cuales vuelcan al mercado locativo colaborando de esta manera en paliar el déficit habitacional que el Estado no ha podido solucionar.
Reclamamos se respeten nuestras garantías constitucionales e instamos a los legisladores no olviden que “una ley justa es la que da a cada uno su derecho”.